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Documentos Necesarios para Darse de Alta como Autónomo en 2026

Lista completa de documentos para darte de alta como autónomo en España en 2026. Qué necesitas para Hacienda, la Seguridad Social y según tu actividad.

Vigencia: España · Año fiscal 2026

Disclaimer: Contenido informativo. No sustituye asesoramiento fiscal profesional.

📌 Puntos clave

  • Para el alta en Hacienda necesitas el DNI/NIE y el modelo 036 o 037 con el epígrafe IAE correcto
  • Para el alta en el RETA (Seguridad Social) necesitas el DNI/NIE, IBAN y número de afiliación a la Seguridad Social
  • El alta en Hacienda debe hacerse antes o el mismo día que el alta en el RETA
  • Si tienes local, empleados o actividad regulada, necesitas documentación adicional

Lo esencial

Para darte de alta como autónomo necesitas el DNI/NIE, el número de la Seguridad Social y los datos bancarios para domiciliar la cuota del RETA. Para el alta en Hacienda (Modelo 036/037) también necesitas decidir el epígrafe IAE de tu actividad y el régimen de IVA e IRPF. No se requiere ningún documento adicional para la mayoría de actividades.

Antes de darte de alta como autónomo conviene tener toda la documentación preparada. El proceso implica dos trámites distintos —el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social— y cada uno tiene sus propios requisitos. Si vas con todo listo, puedes completarlo en menos de una hora online. Puedes ver el proceso completo en la guía paso a paso para darse de alta como autónomo.


Contenido informativo. No sustituye asesoramiento fiscal profesional.


Documentos para el alta en Hacienda (censo de empresarios)

El primer trámite es darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria. Esto se hace mediante el modelo 036 o el modelo 037 (la versión simplificada).

Documentación básica

  • DNI o NIE en vigor: imprescindible. Si eres extranjero comunitario, el NIE o el número de identidad de tu país de origen junto con el NIE.
  • Modelo 036 o modelo 037 cumplimentado: el 037 es suficiente para la mayoría de autónomos que empiezan. El 036 es necesario si tienes operaciones intracomunitarias, varios locales o situaciones más complejas. Puedes ver cuándo usar el 036 o el 037 para decidir cuál te corresponde.
  • Epígrafe del IAE: el código de la actividad que vas a desarrollar. Debes elegirlo antes de rellenar el modelo. Si no sabes cuál te corresponde, consulta la guía para elegir el epígrafe IAE.
  • Régimen fiscal: estimación directa (normal o simplificada) o estimación objetiva (módulos). La mayoría de autónomos que empiezan usan estimación directa simplificada.

Si tienes local o sede física

Si vas a ejercer la actividad desde un local distinto a tu domicilio, necesitas además:

  • Contrato de arrendamiento del local, o escritura de propiedad si es tuyo.
  • Referencia catastral del inmueble.

Si vas a contratar empleados desde el inicio

  • Código de cuenta de cotización (CCC): se solicita en la Seguridad Social antes de la primera contratación. No es necesario para el alta inicial si no tienes empleados.

Documentos para el alta en el RETA (Seguridad Social)

El segundo trámite es el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Se hace en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), online a través de SEDESS o presencialmente.

Documentación básica

  • DNI o NIE en vigor: el mismo que usaste en Hacienda.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social (NAF): si nunca has cotizado en España, deberás solicitarlo primero. Si ya has trabajado como asalariado, ya lo tienes.
  • IBAN de la cuenta bancaria: para la domiciliación de la cuota mensual del RETA. La cuenta debe estar a tu nombre.
  • Fecha de inicio de la actividad: debe coincidir con la que pusiste en el modelo 036/037 de Hacienda.
  • Base de cotización elegida: en 2026 el sistema es por ingresos reales. Debes indicar una previsión de tus rendimientos netos anuales para que la Seguridad Social te asigne el tramo de cotización correspondiente.

Formulario TA.0521

Si haces el trámite presencialmente, necesitas el formulario TA.0521 (solicitud de alta, baja o variación de datos en el RETA). Si lo haces online a través de SEDESS, el sistema te guía sin necesidad de descargarlo por separado.


Documentos adicionales según el tipo de actividad

Dependiendo de lo que vayas a hacer, puede que necesites documentación extra antes o después del alta. Actividades reguladas exigen titulación, colegiación o autorización previa; si vas a operar con clientes de la UE necesitarás darte de alta en el ROI; y si trabajas desde casa debes indicarlo en el modelo 036/037 para poder deducir suministros.

Actividades reguladas o con licencia

Algunas actividades requieren titulación, colegiación o licencia previa:

ActividadRequisito adicional
Médico, abogado, arquitecto, etc.Colegiación en el colegio profesional correspondiente
Farmacia, óptica, clínicaAutorización sanitaria de la CCAA
Transporte (taxi, camión)Licencia de transporte del Ministerio o CCAA
Hostelería y restauraciónLicencia de apertura del ayuntamiento
Actividades financierasRegistro en la CNMV o Banco de España según el caso

Si vas a emitir facturas con IVA intracomunitario

Si tienes clientes en otros países de la UE y quieres emitir facturas sin IVA (operaciones intracomunitarias), necesitas darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Esto se hace marcando la casilla correspondiente en el modelo 036 (no disponible en el 037).

Si trabajas desde casa

No necesitas documentación adicional para el alta, pero sí debes indicar tu domicilio como lugar de ejercicio de la actividad en el modelo 036/037. Esto te permitirá deducir posteriormente un porcentaje de los suministros del hogar.


Tabla resumen: documentos por trámite

Esta tabla recoge de forma rápida qué documento necesitas para cada trámite del alta como autónomo, si es obligatorio o solo recomendable, y en qué fase debes tenerlo listo. Úsala como checklist antes de comenzar el proceso en la sede electrónica de la AEAT y de la Seguridad Social.

TrámiteDocumentoObligatorio
Alta HaciendaDNI/NIE en vigor
Alta HaciendaModelo 036 o 037
Alta HaciendaEpígrafe IAE elegido
Alta HaciendaContrato de arrendamiento del localSolo si tienes local
Alta RETADNI/NIE en vigor
Alta RETANúmero de afiliación SS (NAF)
Alta RETAIBAN cuenta bancaria
Alta RETAFormulario TA.0521Solo si es presencial
AmbosCertificado digital o Cl@ve PINRecomendado (no obligatorio)

El orden correcto: primero Hacienda, luego Seguridad Social

El orden de los trámites no es opcional: primero debes darte de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037, indicando la fecha de inicio de actividad, y después darte de alta en el RETA con la misma fecha o anterior. Si lo haces al revés, no hay problema, pero nunca debes comenzar a facturar sin estar dado de alta en ninguno de los dos.

  1. Primero: alta en Hacienda (modelo 036 o 037). Indica la fecha de inicio de actividad.
  2. Segundo: alta en el RETA (Seguridad Social). La fecha de alta debe ser igual o anterior a la fecha de inicio de actividad que pusiste en Hacienda.

Si te das de alta en el RETA antes que en Hacienda, no hay problema. Lo que no debes hacer es empezar a facturar sin estar dado de alta en ninguno de los dos.

La cuota del RETA se calcula por días: si te das de alta el día 15 del mes, pagas la mitad de la cuota ese mes. Por eso conviene darse de alta el primer día del mes si es posible, para simplificar la gestión.


Cómo hacer los trámites online

Ambos trámites —el alta en Hacienda y el alta en el RETA— se pueden completar íntegramente online en menos de una hora si tienes certificado digital o Cl@ve PIN. Si no dispones de identificación electrónica, puedes acudir presencialmente a la oficina de la AEAT y a la Tesorería de la Seguridad Social más cercana con tu DNI.

Alta en Hacienda

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT.
  2. Busca “Modelo 037” (o 036 si lo necesitas).
  3. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
  4. Rellena el formulario online y preséntalo.
  5. Guarda el justificante de presentación.

Alta en el RETA

  1. Accede a SEDESS.
  2. Busca “Afiliación — Trabajadores — Régimen Especial de Trabajadores Autónomos”.
  3. Identifícate con certificado digital o Cl@ve PIN.
  4. Rellena los datos: actividad, base de cotización, IBAN.
  5. Guarda el justificante de alta.

Si no tienes certificado digital ni Cl@ve PIN, puedes acudir presencialmente a la Administración de la AEAT y a la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana con tu DNI y los formularios en papel.


Qué pasa después del alta

Una vez dado de alta, tienes obligaciones inmediatas que debes conocer desde el primer día: llevar libros de registro de ingresos y gastos, emitir facturas con todos los campos obligatorios y presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130) en los plazos establecidos por la AEAT.

  • Llevar libros de registro: libro de ingresos y gastos (estimación directa simplificada) o libro de ventas e ingresos y libro de compras (estimación directa normal).
  • Emitir facturas con todos los datos obligatorios (número, fecha, datos del emisor y receptor, base imponible, tipo de IVA, cuota de IVA).
  • Presentar declaraciones trimestrales: modelo 303 (IVA) y modelo 130 (IRPF) en los plazos establecidos.
  • Pagar la cuota del RETA mensualmente por domiciliación.

Para saber cuánto vas a pagar de cuota y si te compensa económicamente, puedes consultar cuánto cuesta darse de alta como autónomo y usar la calculadora de viabilidad para ver tu sueldo neto real según tus ingresos previstos.

Guía Completa

Cómo Darse de Alta como Autónomo Online Paso a Paso en 2026

Este artículo forma parte de una guía completa. Explora todos los aspectos del tema.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué documentos necesito para darme de alta como autónomo en Hacienda?
Para el alta en Hacienda necesitas el DNI o NIE en vigor, el modelo 036 o 037 cumplimentado con tu actividad (epígrafe IAE), el régimen fiscal elegido (estimación directa o módulos) y, si tienes local, el contrato de arrendamiento o escritura de propiedad. El trámite se puede hacer online con certificado digital o Cl@ve PIN en la sede electrónica de la AEAT.
¿Necesito certificado digital para darme de alta como autónomo?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable. Con certificado digital o Cl@ve PIN puedes hacer todos los trámites online en la sede electrónica de la AEAT y la Seguridad Social sin desplazarte. Si no tienes certificado, puedes acudir presencialmente a las oficinas de Hacienda y la Seguridad Social con tu DNI.
¿Cuánto tiempo tengo para darme de alta en la Seguridad Social tras el alta en Hacienda?
Debes darte de alta en el RETA antes de iniciar la actividad o, como máximo, el mismo día. La cuota del RETA se calcula desde el día de alta, no desde el alta en Hacienda. Si te das de alta en el RETA después de haber iniciado la actividad, la Seguridad Social puede reclamarte las cuotas desde el inicio real de la actividad.
¿Puedo darme de alta como autónomo sin certificado digital?
Sí. Puedes acudir presencialmente a la Agencia Tributaria con tu DNI para presentar el modelo 036 o 037, y a la Tesorería General de la Seguridad Social para el alta en el RETA. También puedes usar Cl@ve PIN como alternativa al certificado digital para los trámites online. Lo más cómodo es obtener el certificado digital antes de empezar.

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